Autorización colocación de lápida
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En los nichos ocupados se permitirá la colocación de una lápida sin sobrepasar los límites del mismo, las lápidas podrán llevar sujeto una jardinera o búcaro. El Ayuntamiento establece un plazo de seis meses, a contar desde la fecha de la inhumación, para la colocación de la lápida. La tasa por la colocación de la lápida en los nichos es de 7'57 €. Documentación a presentar:
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