Inhumaciones
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Las inhumaciones no se podrán realizar hasta transcurridas 24 horas del fallecimiento y se efectuarán siempre con anterioridad al cumplimiento de las 48 horas del mismo. Para poder llevar a cabo una inhumación en una sepultura que contenga algún cadáver o resto será necesario el transcurso de un periodo mínimo de 3 años desde la última inhumación. Documentación a presentar para la inhumación de un cadáver o depósito de cenizas:
La tasa por el servicio de inhumación es de 30'24 €. |

